En este tutorial veremos cómo contabilizar el ITF (Impuesto a las Transferencias Financieras). Hay que estar atento a la normativa ya que el ITF se va renovando cada 2 ó 3 años con nuevas normas que amplían su vigencia.
No confundir el ITF con el IT.
El ITF es un impuesto que aplica a todo ingreso y salida de dinero de cuenta bancaria en moneda extranjera. El ITF te descuenta el banco -no tienes que llenar ningún formulario- ; y el IT (Impuesto a las Transacciones) es por toda venta facturada y es el 3%, ver Ley 843. Se debe llenar un formulario para su pago, el 400.
Cálculo del ITF
Si el porcentaje del IT por toda venta es del 3%, de una venta de 4500 Bs, sería 135 Bs (4500*0.03). En cambio del ITF su porcentaje es mucho menor. Por ejemplo el ITF en el 2015 es de 0.15%. O sea, si hago un retiro en dólares del banco, de 6800 Usd, su ITF es 10.20 Usd (6800*0.0015). En realidad sería el 1.5 por mil.
De todas maneras, este cálculo no lo tienes que hacer, el banco lo hace automáticamente y te lo descuentan. Nosotros solo debemos contabilizar estos montos, que los podemos ver en el extracto bancario. Precisamente en esta entrada vamos a hablar sobre cómo contabilizar el ITF y sus repercusiones tributarias.
Porcentajes del ITF en Bolivia
- 2004 comenzó con 0.3% según Ley 2646, para 2 años
- 2006 se renueva con 0.15% según Ley 3446, para 3 años más
- 2009 se renueva con 0.15% según Ley de presupuesto, para 3 años más
- 2012 se renueva con 0.15% según Ley 234, esto para 3 años más.
- 2015 se renueva con 0.15% para todo 2015, según Ley 713 del 01/07/2015
- 2016, según Ley 713 con 0.20%
- 2017, según Ley 713 con 0.25%
- 2018, según Ley 713 con 0.30%
Aquí la Ley 713 del ITF
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Como indica al final, se conservan los parámetros del ITF según normas anteriores.
Aclaraciones Sobre el ITF
Antes de entrar a la contabilización mostraremos las aclaraciones acerca del ITF que publicó una entidad financiera. Se mencionan las operaciones exentas y otros detalles. Para nosotros, lo más importante es saber que por pagos con cheque en dólares de impuestos y aportes, estamos exentos del ITF.
Aquí hablamos sobre cómo pagar Impuestos con Cheque. Aquí un formato que incluye cómo pagar aportes con cheque.
Aclaraciones sobre el ITF
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Esta es la última RND consolidada de Impuestos para entidades que retienen el ITF y lo pagan al Estado.
Cómo contabilizar el ITF
A continuación mostramos un ejemplo de extracto de una cuenta en Dólares del BNB.
Como se puede observar existen varios montos que hemos coloreado y que significan el ITF para el mes de Julio.
Si sumamos esos montos, tendremos 8.87 Usd
El modo de contabilización simplemente es:
31/07/10
Gastos por ITF 61.74
A
Banco Nacional ME 61.74
Por el registro del gasto en ITF del mes de Julio. 8.87 Usd x 6.96.
Desde luego, este registro se lo puede realizar diariamente o para cada transacción.
¿El ITF es deducible?
En una anterior entrada hablamos de todos los tributos en general acerca de si son deducibles o no para el IUE. Sobre el ITF ahora vamos a ampliar su relación con otros impuestos, citando la norma y observando la jurisprudencia.
Desde un principio en la Ley 3446 del 2006 indica que no es compensable con ningún otro impuesto. Pero sobre si es deducible o no, no dice nada.
Si bien salió el 09/08/06 una Resolución del Ministerio de Hacienda, la 371, indicando que sí era deducible el ITF, el mismo año, el 20/11/06, salió otra Resolución que la suprime. Esto provocó confusiones, desde luego.
Finalmente hubo otra resolución que indicaba definitivamente que no es deducible para el IUE, la 432. También en las aclaraciones del Banco Bisa que arriba citamos indica:
«El ITF no es deducible como gasto a efectos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), ni compensable contra el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).»
Hubo un caso de impugnación de Cotel contra el SIN, en el que pide legitimar el ITF como gasto deducible. Sin embargo los jueces de la Autoridad de Impugnación Tributaria, dicen:
En conclusión, este gasto por el ITF no es deducible y habrá que excluirlo del cálculo para el IUE anual. Aquí tenemos un tutorial sobre cómo tratar gastos no deducibles en el Form 500 del IUE.
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Muchas gracias por la información que difunde nos ayuda mucho.
Gracias por la información pero te tengo una consulta y q opinas tu de este impuesto? lo bueno y lo malo. gracias.
Estimado Armando, si se pudiera compensar este impuestos o como si fuera pago a cuenta de otro, sería más factible, y que hay personas que basan su negocio en este tipo de operaciones y no es equitativo.
Hola roberto, muchas gracias por la informacion que Dios te bendiga
Gracias Licenciado, por tan valiosa información, le quedamos muy agradecidos.
Gracias por su continua información siempre útil.
Muchas gracias estimado Roberto, que tengas mucha Bendición hoy y siempre.
Muchas gracias por la información
Muchas Gracias por la información!
Buenas noches, muchas gracias por toda la información y los concejos muy útiles que nos brindas.
Hola Roberto, gracias por la información tan valiosa.
Gracias Roberto por tu desprendimiento y por la informacion util y oportuna que das a conocer. Felicidades seguí adelante.
estimado Roberto darle las gracias por su valiosa información saludossss
Roberto Cáceres, muchísimas gracias por la información que es de mucha utilidad… saludos .
Muchas gracias por la información
Hola Roberto, agradecerte por tenernos siempre informados y actualizarnos, es muy importante tu apoyo.
Una vez mas muchas gracias por tan interesante informacion, una abrazo
Gracias Roberto
Tus publicaciones son de muchisima ayuda, felicidades por tu trabajo
Sonya
Gracias Roberto, por la informacion es util y oprtuna.
buen dia Roberto, muchas gracias por la información tan valiosa que nos brindas, nada mejor que andar bien informado.
Estimado Roberto:
Muchas gracias por la muy buena información que nos proporcionas, estamos pendientes siempre de los nuevos correos que envías, saludos
Estimado Roberto..muchas gracias por la informacion y sobre todo despejarnos dudas…saludos
Muchas gracias Roberto es de mucha ayuda todo lo que aportas.
Muchas gracias por la informacion…
Buenos dias licenciado, agradecido por su aportes al conocimiento de todos quienes estamos a la espera de las novedades que nos sorprende cada dia impuestos nacionales.
Muchas gracias por la información muy buena.
Hola Roberto gracias por sus aportes bastante interezantes para estar actualizado
Estimado Roberto
Realmente eres una gran ayuda en tema tributario para nosotros que llevamos la contabilidad, es admirable el desprendimiento de tus conocimientos sin interes alguno mas que de ayudar al projimo ad-honorem.
Muchas gracias y felicidades.
Hola Roberto, muchas gracias por la información, es muy útil.
Estimado Roberto,
Como siempre es un placer ver la información que nos proporcionas, es bastante clara y nos sirve para despejar las dudas que se presentan.
Muchas gracias por todo.
Gracias por la información, la considero muy importante y lo felicito por su desprendimiento.
Roberto, gracias por la información sobre ITF, es encomiable el aporte y orientaciòn que realizas en el campo tributario a los profesionales, sigue adelante,un saludo cordial.
Buenasnoches Roberto.
Son muy interesantes y utiles los comentarios sobre diferentes temas. esta ultima referente al impuesto sobre transacciones bancarias en moneda extranjera , es de gran utilidad, muchas gracias por tu correo.
Estimado amigo te agradezco mucho la informacion que nos brindas realmente es de mucha ayuda para todos en general porq la verdad siempre nos mantienes actuslizados .
Gracias por todo
Roberto agradecida por toda la informacion, tener la posibilidad de mantenernos actualizados me ayuda bastante en el trabajo….