Actualización Junio 2015: Según RND 10-0017-15 las operaciones fuera de Bolivia no necesitan bancarizarse.
A través de su resolución 01/002/12 del 5 de abril, la Aduana Nacional emitió un reglamento para operaciones con valor FOB mayores a 50.000 bs.
La Resolución de Directorio 01.002.12 Aprueba el reglamento para el despacho aduanero de mercacías sujetas a los regímenes aduaneros de exportación definitica e importación a consumo.
Adjuntamos la Circular sobre bancarización aquí.
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.