Profesionales Liberales u oficios, RC IVA 610

PROFESIONALES LIBERALES U OFICIOS

Presentamos a continuación una breve explicación sobre los profesionales liberales u Oficios.

 

Son todas las Personas Naturales que tienen como actividad el desempeño de una Profesión Liberal u Oficio en forma Independiente (Ej. Abogados, Contadores, Economistas, Médicos, Odontólogos, Electricistas, Arquitectos, Notarios de Fe Pública, Oficiales de Registro Civil, Factores o Administradores, Martilleros o Rematadores, Gestores, etc.).

Requisitos para inscripción al NIT

Para tramitar tu NIT primeramente debes ir a plataformas en Impuestos Nacionales para el llenado del formulario MASI, donde los funcionarios del SIN colocaran tus datos generales, para ello tienes que llevar lo siguientes requisitos:

  1. Documento de identidad vigente.
  2. Factura original de luz de tu  casa, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción. Esta factura no será exigida en el proceso de inscripción en plataformas móviles o “In Situ”.
  3. Croquis de tu casa.
  4. Título Académico o en Provisión Nacional, a nivel técnico o profesional.
  5. Correo electrónico y su contraseña para la habilitación en el sistema del SIN.
NOTA.-Debes presentar todos los documentos originales, los mismos serán devueltos.

 

PRINCIPALES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: 

Si estas inscrito en el SIN como Profesional Independiente debes de presentar los siguientes formularios:
 
 
FORMULARIOS MENSUALES
  • Formulario 200 v.3 (extendido y resumido)- Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
  • Formulario 400 v.3 – Impuesto a las Transacciones (IT).
De acuerdo a la terminación de tu NIT:
  • Terminación «0» hasta el «13» de cada mes.
  • Terminación «1» hasta el «14» de cada mes.
  • Terminación «2» hasta el «15» de cada mes.
  • Terminación «3» hasta el «16» de cada mes.
  • Terminación «4» hasta el «17» de cada mes.
  • Terminación «5» hasta el «18» de cada mes.
  • Terminación «6» hasta el «19» de cada mes.
  • Terminación «7» hasta el «20» de cada mes.
  • Terminación «8» hasta el «21» de cada mes.
  • Terminación «9» hasta el «22» de cada mes.

Para saber como llenar los formularios dale clic aquí.

Tambien tenemos un caso  Realdel llenado de RCV y llenado de formulario 200 y 400 por el SIAT.

FORMULARIOS TRIMESTRALES

  • Formulario 610 – Régimen Complementario al IVA  (RC IVA)
    1. Este formulario presenta de manera trimestral como se describe a continuación:
      Enero, febrero, marzo del 1 al 20 de abril
      Abril, mayo, junio del 1 al 20 de julio
      Julio, agosto, septiembre del 1 al 20 de octubre
      Octubre, noviembre, diciembre del 1 al 20 de enero, para su declaración y pago 
    2. En el Formulario 110 se registran las Facturas de compras y/o gastos personales de la gestión (No declaradas en el Formulario 200), realizadas por el contribuyente con su NIT y mínimamente el primer apellido,  podran ser detalladas en el form 110 anexo por concepto de RC IVA (Formulario 610).

       

      ¿QUIÉNES ENVÍAN EL FORMULARIO 110?

      Los contribuyentes inscritos como Profesionales Independientes u Oficios envían el Formulario 110 generado por el el sistema en  SIAT en línea ingresando a través de la página web «www.impuestos.gob.bo«.

      ¿CUÁNDO ENVÍAN EL FORMULARIO 110? 

      Se envía de manera trimestral, que servirá como anexo al formulario 610.

¿Cuál es la alícuota del RC IVA para el pago del impuesto?
13% sobre los ingresos percibidos menos el IVA.
 
¿Cómo calculo el pago del impuesto de profesionales independientes?
El RC-IVA sobre el 87% del total de los ingresos percibidos menos el IVA, (100%- 13%= 87%), es decir seria el 13% del 87% de tus ingresos.
 
De esta cantidad, puede ser descontada con el crédito fiscal contenido en sus facturas anexadas en el formulario 110.
 
¿Cómo llenar el formulario 610?
Con la presentación de facturas emitidas a su nombre por sus gastos personales realizados durante la gestión correspondiente en el formulario.

Artículos de interés:

Formulario 610 en excel para llenar. Profesionales, alquileres, intereses

 
  • Libro de compras y ventas

Estos contribuyentes deben realizar los siguientes registros adicionales:

Registros de compras y ventas (RCV) mensual. 

¿Qué se Registra aquí?

Las facturas y documentos equivalentes de compras y ventas del periodo a declarar mensual. (En Formulario 200 y 400).

Vencimiento 

El registro y/o confirmación de las facturas de compra y venta pueden ser desde el momento de su emisión hasta el dia 9 de cada mes, debiendo consolidarse en el RCV hasta la fecha antes mencionada.

En los periodos que no se tenga ventas ni compras debe consolidar el RCV sin movimiento.

¿Cuándo realizar rectificatorias y/o modificaciones de RCV?

Cuando se determine errores, inconsistencias u omisiones se puede modificar el RCV hasta la fecha del vencimiento de la DDJJ. de acuerdo a la terminación del NIT.

En el siguiente post hablamos más sobre el envío de los libros de compras y ventas, dale clic aquí.
 

OTRAS OBLIGACIONES

BANCARIZACIÓN  

Registros de compras y ventas (Bancarización) Anual. 

Son los registros de pagos por compras o ventas de bienes y/o servicios iguales o mayores a Bs. 50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos), al contado, al crédito o a través de pagos parciales, dentro del territorio nacional.

FECHAS DE PLAZO PARA EL ENVÍO DE LA BANCARIZACIÓN:

Si quieres saber mas información sobre la bancarización dale clic aqui.

¿CUÁNDO DEBEN EMITIR FACTURAS?

NOTA:

  1. No puede emitir facturas con fecha límite de emisión vencida.
  2. El vendedor esta obligado a solicitar una nueva dosificación antes del vencimiento de la fecha límite de emisión del talonario de facturas.
  3. Las facturas y otros documentos deben ser conservadas por el termino de prescripción (8 años).

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

10 comentarios en «Profesionales Liberales u oficios, RC IVA 610»

  1. Una duda soy diseñador publicitario independiente y mis clientes me solicitan emitir factura, quisiera saber los pasos para obtener mi nit y como proceder al tener el mismo.
    Gracias
    atte. ISRAEL

  2. Estimado RobeRto,
    Me queda Una duda respecto a la utilidad prEsunta. Usted habla del 43,5% del total de ingresos. Me podria aclarar Si al Referirse a los Ingresos Totales se refiere a todas las facturas de venta emitidas en el año o aL monto que obtendria si resto todas las facturas emitidas menos todas las faCTuras recibidas durante el año (lOgicamente consideRando que las Facturas Recibidas fuEsen del rubro y fueron presentadas a tiEmpo cada mes), en cuyo caso habria la posibilidad de que «no se pague iue»?
    Muchas gracias por su aclaracion.

  3. Hola tengo una duda soy Diseñador Gráfico y empesare a trabajar con una empresa, necesitare dar factura queria saber si estoy dentro de las profesiones libres , y como recien voy a empezar queria saber q si despues de sacar el nit tendria q pagar algo.

  4. Lic. Roberto una consulta por favor, ¿Las facturas de gastos personales para el 50% de PAGO DEL FORMULARIO 510 Profesionales independientes Dichas facturas de gastos personales deben estar con el numero de Carnet de identidad O numero de NIT del profesional independiente?

Los comentarios están cerrados.

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